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mayo  14, 2024

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Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados

Por Jorge Luis Villada


“En el capítulo IX bis del Título XI, el Código Penal argentino sanciona formas de enriquecimiento ilícito de agentes públicos en forma bastante asistemática. De todos modos, el enriquecimiento espurio en la función sigue siendo un problema difícil de resolver. (…) La ley, tal como está redactada, presupone que en algún momento el funcionario se reunirá con todo el patrimonio irregular e ilegalmente obtenido, casi de modo unipersonal. Nada más lejos de la realidad. Pueden pasar generaciones y esos patrimonios siguen girando a nombre de terceros o de sociedades anónimas o depositados bajo un número de cuenta secreta en el extranjero (amparados por el secreto bancario), o en el seno de la familia. Las organizaciones criminales utilizan modalidades altamente sofisticadas para encubrir los llamados capitales "negros" provenientes del delito (lavado de dinero, por ejemplo) o de estos enriquecimientos que provienen de la corrupción.”

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Términos mencionados en esta doctrina: enriquecimiento, ilícito, funcionario, conductas, funcionarios, administración, corrupción, sanciona, públicos, problema.

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